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¿Has recibido de parte del SAT alguna invitación para aclarar dudas o discrepancias de información?

¿Qué decidiste hacer? ¿atenderla o no atenderla?

En los últimos años la Autoridad Fiscal en México, (SAT) ha implementado un programa de fiscalización para verificar el cumplimiento de los Contribuyentes, consistente en efectuar cruces de la diferente información que como Contribuyentes generamos, Comprobantes electrónicos (CFDI) con información de Ingresos, deducciones, pagos, impuestos trasladados, retenciones, así como declaraciones de impuestos, declaraciones informativas, movimientos bancarios reportados por Instituciones Bancarias y otra información manifestada por terceros.


Toda esta información es analizada por la Autoridad mediante herramientas tecnológicas que efectúan cruces de información que en teoría tendrían que coincidir para considerarse correcta.


Invitaciones del SAT

Entre los cruces de información más importantes que se realizan podemos identificar:

  • Ingresos según CFDI vs Ingresos manifestados en declaraciones mensuales y/o anuales.

  • Pagos por Salarios según CFDI vs deducciones efectuadas por este concepto.

  • Retenciones de ISR por Salarios vs Pago de estas retenciones.

  • Retenciones a terceros según CFDI obtenidos vs Retenciones enteradas por estos conceptos.

  • Deducciones según CFDI vs Deducciones manifestadas en declaración anual.

  • Operaciones celebradas con un contribuyente considerado EFO identificada a través de CFDI.

  • Movimientos bancarios principalmente de depósito no reportados como ingresos por el contribuyente.

Otros indicadores generados por la información contable:

  • Reducción de la tasa efectiva de contribución.

  • Reducción de operatividad, ingresos y consecuentemente reducción de utilidades o generación de pérdidas fiscales.

  • Movimientos inusuales de los Dueños, Socios o Accionistas, ya sea prestamos o aportaciones de capital.


Cuando la Autoridad (SAT) identifica discrepancias entre la información que compulsa emite de forma automática las CARTAS INVITACION, las cuales son notificadas a los contribuyentes y en las cuales nos “Invita” a revisar la situación que guarda nuestro cumplimiento fiscal. Es aquí donde aparece el cuestionamiento de si atendemos o no la invitación que nos realizan.


En HERANZA CONSULTORES consideramos que, si es conveniente atender dicha invitación, ya sea preparando una respuesta aclaratoria sobre el origen de las diferencias o bien regularizando nuestra situación, corrigiendo nuestras declaraciones o información que hemos presentado o en el caso extremo, liquidar cualquier adeudo que proceda.


Una recomendación que hacemos a todos nuestros clientes de AUDITORIA en HERANZA CONSULTORES, y que es de carácter preventivo para evitar generar discrepancias en la información que tiene la Autoridad, o bien que nos ayudará a dar una atención más puntual a una carta invitación que nos sea notificada, es que implementemos procedimientos de conciliación de toda esta información, conciliaciones que se realicen manera oportuna al cierre de cada periodo de informe, de la misma manera que se tiene el procedimiento de conciliación de las operaciones en bancos, con clientes y con proveedores.


El implementar estos procedimientos de control y monitoreo nos permitirá identificar antes de presentar nuestras declaraciones mensuales o anuales diferencias entre la información que consideramos correcto informar y la información que es de conocimiento de la Autoridad. Existen muchos casos en los cuales es inevitable evitar una discrepancia, por situaciones propias del tipo de análisis que efectúa la autoridad, ya que muchas ocasiones el momento de acumulación, de deducción de una operación, o de retención de alguna contribución es diferente al de la fecha en que el comprobante fiscal es emitido. En esos casos en los cuales es inevitable generar esas diferencias, es útil tener identificadas las causas precisamente para que en caso de necesitar hacer aclaraciones a la Autoridad esta sea de la forma más oportuna y clara posible.


Cuando una CARTA INVITACION no es atendida o es atendida sin satisfacer las dudas de la Autoridad, puede dar lugar a que se inicie ahora si una revisión formal sobre el contribuyente, la cual seguramente no estará limita a revisar el origen de las discrepancias, si no esta será mucho más amplia lo que representará dedicar tiempo y esfuerzos para su atención.


La forma y agilidad con la que actualmente somos fiscalizados implica como mencionamos, implementar estos procedimientos de conciliación, procesar con oportunidad los registros contables, mantener comunicación cercana con clientes y proveedores para realizar o solicitar cualquier corrección que se requiera en comprobantes fiscales. Existe un sinfín de causas que pueden detonar discrepancias o generar tendencias en la información que la Autoridad advierta como algo irregular. Una auditoria de Estados Financieros contribuye en identificar errores materiales e informar a la Administración del Contribuyente sobre situaciones anormales en su información financiera que le permita subsanar oportunamente errores en dicha información.


En la práctica de auditoría de HERANZA CONSULTORES, como parte de nuestros procedimientos supervisamos la ejecución de las conciliaciones entre la distinta información fiscal generada por el Contribuyente y terceros, este tipo de controles contribuyen en gran medida a limitar contingencias de carácter fiscal, así como también a fortalecer el control interno dentro de las organizaciones y en muchos casos a identificar errores en el procesamiento de la contabilidad y de la información financiera que genera la Administración.


¡HABLEMOS!

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