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Obligaciones fiscales: Declaración Informativa Local y Maestra

 ¿Sabías que ahora las partes relacionadas de los contribuyentes obligados a dictamen fiscal deben presentar la Declaración Informativa Local y Maestra? Te explicamos quiénes están afectados y las diferencias con la Documentación de Precios de Transferencia contemporánea.


El artículo 32-H del CFF incorpora la fracción VI, la cual establece que también se encuentran obligadas a presentar la Declaración Informativa Local y Maestra, las partes relacionadas de los contribuyentes obligados a presentar dictamen fiscal. Es importante precisar que los contribuyentes que se encuentran obligados a dictaminarse para el ejercicio fiscal 2022, son aquellos con ingresos acumulables superiores a $1,650,490,600 MXN en el ejercicio fiscal 2021, así como, compañías públicas.


Aprovecha la claridad visual para entender las nuevas disposiciones fiscales. Descubre quiénes están obligados a presentar la Declaración Informativa Local y Maestra con el artículo 32-H del CFF. ¡Infórmate y evita sorpresas en tus obligaciones fiscales!

Este cambio representa que los contribuyentes que no estaban obligados a presentar dichas declaraciones informativas en años anteriores pudieran estar obligados a partir de 2022. Al respecto, cabe recordar que los contribuyentes que ya se encontraban obligados a presentar la Declaración Informativa Local son aquellos con ingresos acumulables superiores a $842,149,170 MXN, que pertenezcan al régimen de integración, paraestatales, así como las entidades extranjeras que tengan Establecimiento Permanente (EP), únicamente por las actividades que desarrollen en dichos EP.


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Asimismo, es necesario tomar en cuenta que la Declaración Informativa Local es distinta a la Documentación de Precios de Transferencia contemporánea, si bien la primera toma como base la segunda, el alcance de la Declaración Informativa Local tiene ciertos requisitos adicionales relativos a las operaciones intercompañía, tal como las actividades del grupo multinacional y funciones DEMPE. Adicionalmente, es obligatorio presentarla ante las autoridades fiscales, mientras que la Documentación de precios de transferencia contemporánea solo es necesario conservarla.


En conclusión, las modificaciones introducidas por el artículo 32-H del CFF representan un cambio significativo en las obligaciones fiscales de ciertos contribuyentes y sus partes relacionadas. Es crucial estar al tanto de quiénes están afectados por estas disposiciones, especialmente aquellos con ingresos acumulables superiores a ciertos umbrales establecidos. Además, es importante comprender las diferencias entre la Declaración Informativa Local y la Documentación de Precios de Transferencia contemporánea, así como sus respectivos alcances y requisitos. Mantenerse informado y cumplir con estas obligaciones fiscales garantizará la conformidad con la legislación vigente y evitará posibles sanciones por incumplimiento.

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